El pasado 26 de marzo de 2025, la Generalitat de Catalunya publicó en el Diario Oficial (DOGC) el Decreto Ley 5/2025, una norma que introduce importantes modificaciones fiscales en tributos cedidos como el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD).

Si bien estas medidas entrarán en vigencia a partir del 27 de junio de 2025, ya ha generado una fuerte reacción entre expertos y profesionales del sector inmobiliario. En este artículo te contamos los cambios más relevantes y su impacto para inversores y propietarios en Cataluña.
Cambios clave en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)
A partir de la entrada en vigor del decreto, se aplicarán nuevos tramos en la compra de inmuebles:
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Valor total inmueble desde (€) |
Cuota íntegra (€) |
Resto valor hasta (€) |
Tipo aplicable |
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0 |
0 |
600.000 |
10% |
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600.000 |
60.000 |
300.000 |
11% |
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900.000 |
93.000 |
600.000 |
12% |
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1.500.000 |
165.000 |
En adelante |
13% |
Además:
- Gravamen del 20% para grandes tenedores: personas físicas o jurídicas con más de 10 inmuebles residenciales o 1.500 m² de superficie construida de uso residencial en Cataluña, o con al menos 5 inmuebles en zonas declaradas de mercado tensionado.
- Fin de la bonificación del 70% en ITP para inmobiliarias que revendían inmuebles en menos de 3 años (ya vigente).
- Bonificación del 50% en transmisiones destinadas a vivienda protegida.
- Reducción al 5% en compras de vivienda habitual por jóvenes menores de 35 años y víctimas de violencia de género.
Cambios en Actos Jurídicos Documentados (AJD)
Se aplicará una bonificación del 100% en la escritura pública de adquisición de vivienda habitual para menores de 35 años con ingresos inferiores a 36.000 € anuales.
Modificaciones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)
- Donaciones para compra de vivienda habitual: se amplía el plazo para destinar el importe recibido, de 3 a 6 meses.
- Bonificación del 99% en herencias derivadas de violencia de género para descendientes y ascendientes.
- Reducción fiscal para donaciones de vivienda habitual a víctimas de violencia de género.
Reforma en IRPF
- Reducción de tramos en la escala autonómica, pasando de 9 a 8.
- Mejora en la deducción por alquiler de vivienda habitual:
- Límite de renta para acceder a la deducción: de 20.000 € a 30.000 €
- Importe máximo deducible: 500 €
- Se elimina el requisito de que el alquiler supere el 10% de los rendimientos netos
- Edad máxima para beneficiarse: hasta 35 años
- Nueva deducción para víctimas de violencia de género
¿Cómo afecta esto al mercado inmobiliario?
Los expertos ya advierten del fuerte impacto que estas reformas pueden tener en la inversión y compraventa de inmuebles en Cataluña:
Se prevé una aceleración de operaciones en marcha antes del 27 de junio, especialmente compraventas de edificios y viviendas de más de 600.000 €, para evitar la subida fiscal.
A partir de la entrada en vigor:
- Lastre en la compraventa de edificios residenciales: operaciones habituales de compra, rehabilitación y venta o alquiler de pisos serán menos rentables.
- Desincentivo para inversores inmobiliarios: con el gravamen del 20% a grandes tenedores y la pérdida de bonificaciones previas.
- Posible trasvase de inversión a otras regiones, como Madrid o Málaga, con entornos fiscales más favorables y mayor seguridad jurídica.
- Reducción en la oferta de vivienda de alquiler y menor dinamismo en el mercado de compraventa de segunda mano.
Estas modificaciones fiscales suponen un cambio de escenario relevante para inversores, promotores y particulares en Cataluña. Si tienes dudas o quieres una valoración personalizada de cómo te pueden afectar estos cambios, contacta con nuestro equipo de asesores especializados.
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